Así lo establece la resolución 3583 que autoriza la compra de moneda estadounidense para ahorro y que se publica en el Boletín Oficial.
El Gobierno lanzó la flexibilización del cepo. La AFIP publicó esta mañana una resolución que formaliza la venta de dólares para ahorro y lo hizo con una novedad: el recargo del 20 por ciento, en concepto de adelanto de adelanto de Ganancias, no se aplicará a quienes adquieran la moneda estadounidense y la depositen en un banco por un año.
Según la resolución general 3583, publicada en el Boletín Oficial -con la firma del titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray- se establece "un régimen de percepción del veinte por ciento (20%) que se aplicará sobre las operaciones de adquisición de moneda extranjera efectuadas por personas físicas para tenencia de billetes extranjeros en el país de acuerdo a las pautas operativas que, en el marco de la política cambiaria, determine el Banco Central de la República Argentina".
"No será aplicable la percepción cuando la moneda extranjera adquirida sea depositada, por un lapso no inferior a 365 días, en una cuenta de una entidad financiera comprendida en la Ley N° 21.526 y sus modificaciones, a nombre del adquirente de la misma y conforme el procedimiento que establezca el Banco Central de la República Argentina", se explicó en el artículo primero.
En el caso en que los dólares se retiren de la cuenta antes de un año, la norma aclara que “la percepción se aplicará en oportunidad de su retiro de la cuenta bancaria respectiva".
"La percepción que se practique por el presente régimen se considerará pago a cuenta de los tributos que, para cada caso, se indica a continuación: a) Personas Físicas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y que no resultan responsables del Impuesto a las Ganancias: Impuesto sobre los Bienes Personales. b) Demás Personas Físicas: Impuesto a las Ganancias", se añadió.
La resolución establece que "decisiones de política económica aplicadas por el gobierno nacional tornan aconsejable extender la utilización de esa herramienta fiscal a la adquisición de moneda extranjera efectuada por personas físicas para tenencia de billetes extranjeros en el país".
Esta medida había sido anunciada sorpresivamente el viernes pasado en la Casa Rosada por el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, y el ministro de Economía, Axel Kicillof, quienes argumentaron que se adoptó porque "en el marco de la política cambiaria de flotación administrada del tipo de cambio, el Gobierno considera que el precio de la divisa ha alcanzado un nivel de convergencia aceptable para los objetivos de la política económica".
"Hemos decidido autorizar la compra de dólares para tenencia de personas físicas de acuerdo al flujo de ingresos declarados y paralelamente se ha decidido disminuir el anticipo de Impuesto a las Ganancias del 35 al 20 por ciento para el comprador", sostuvo Capitanich.