Por Damián Tabakman.
De cara a la nueva ley de alquileres, lo que estamos pensando los desarrolladores es lo siguiente:
a) contratos residenciales: libertad de contratación para definir entre las partes el sistema indexatorio (índice y periodicidad de ajuste) y las garantías. Plazo mínimo 2 años.
b) contratos comerciales: amplia libertad de contratación entre partes.
c) celebridad en los procesos de desalojos.
d) incentivos impositivos a la inversión en vivienda en renta: desgravación de ganancias por 10 años si permanece alquilada durante ese período para unidades usadas y adicionalmente desgravación de bienes personales e Iva para unidades a construir.