La revolución tecnológica acaecida en las últimas dos décadas ha modificado sustancialmente la configuración del sistema financiero mundial. La banca tradicional se vio abordada y desbordada por un conjunto de empresas financieras tecnológicas (FinTech) que aportaron soluciones creativas que transformaron la infraestructura financiera y permitieron ir construyendo un sistema más eficiente, amigable, inclusivo y económico. La enorme complementariedad (y la feroz competencia) entre estos dos universos hizo emerger nuevos actores y productos que resultaron difíciles de encuadrar bajo la mirada regulatoria.
A este fenómeno se sumó en la última década, la tecnología blockchain que, junto con otras herramientas, permitió la creación del bitcoin, miles de criptomonedas y novedosos activos digitales, creando un nuevo ecosistema donde emergieron, entre otros productos, los denominados contratos inteligentes, las finanzas descentralizadas, la tokenización de activos fungibles y no fungibles, y el surgimiento de nuevos mercados (exchanges) que facilitaron la efectivización de operatorias financieras complejas para el público en general.
La reacción inicial de los reguladores de todo el mundo a esta explosión de nuevos actores privados que ofrecían productos sofisticados, en algunos casos difíciles de entender en su funcionamiento y alcance, fue de perplejidad e inmovilidad. El boom de las criptomonedas de los últimos años, que incorporó como inversores a cientos de millones de personas en todo el planeta, sumada a la creación de las llamadas criptomonedas (aparentemente) estables que espejaban a monedas emitidas por bancos centrales encendieron las señales de alarma en los distintos estados nacionales.
Las asociaciones de reguladores financieros mundiales, el Banco de Pagos Internacionales (BIS) que agrupa a los Bancos Centrales, la Comisión Internacional de Reguladores de Valores (IOSCO), el Foro de Estabilidad Financiera (FSB) que reporta al grupo de naciones más poderosas del planeta, el Grupo de Acción Financiera (GAFI) dedicado a combatir el lavado de activos; todos ellos empezaron a producir informes preliminares analizando estos fenómenos, actividad que se ha acelerado en el último tiempo.
De acuerdo con sus competencias advirtieron en forma creciente los riesgos que estos nuevos productos podían generar en la estabilidad monetaria y financiera de los países, en el crecimiento de actividades ilícitas, así como la posibilidad que los inversores minoristas sin conocimientos financieros pudieran verse afectados significativamente debido a la elevada volatilidad y riesgo de algunos de estos activos.
A nivel de cada país, se observaron respuestas idiosincráticas, China prohibió en 2001 taxativamente cualquier actividad vinculada a criptomonedas privadas, apuntando a desarrollar una moneda digital pública que ya es utilizada por más del 10% de su población. En nuestro continente cada Estado siguió su propio temperamento. Por mencionar ejemplos diametralmente opuestos donde se tomaron medidas drásticas, Bolivia prohibió el uso de criptomonedas mientras que El Salvador estableció al bitcoin como moneda de curso legal.
La reciente caída estrepitosa en los precios del mundo cripto hizo que millones de inversores vieran evaporarse sus ahorros y forzó a los Estados a tratar de intervenir más activamente. Pero el abordaje regulatorio del complejo fenómeno cripto no resulta una tarea sencilla; requiere entender en profundidad el negocio, los actores y la tecnología que lo sustenta. Dadas sus características peculiares resulta difícil determinar el adn de estos novedosos activos digitales: los diferentes entes estatales no se ponen de acuerdo si las criptomonedas son valores, mercancías, monedas, o quizás una nueva especie de producto que aún no ha sido definida.
Determinar bajo qué figura deberían encuadrarse las criptomonedas es un tema relevante, ya que de dicha definición se desprenderían, entre otras cuestiones, que tratamiento impositivo deberían recibir, cuáles deberían ser las regulaciones para aplicar o quienes los supervisores a cargo, por mencionar algunas de las encrucijadas que enfrentan hoy los Estados ante este fenómeno.
En tal sentido, la Unión Europea acaba de consensuar una iniciativa regulatoria -que aún debe ser ratificada por distintas instancias- que da respuesta al menos a algunos de estos interrogantes. Entre los distintos temperamentos acordados -que pueden imitarse o adaptarse a la realidad de cada país- se destacan los siguientes:
Los mercados (exchanges), intermediarios (brokers) y todos los otros proveedores de servicios de criptoactivos deberán registrarse ante la autoridad competente de cada país y seguir estrictas regulaciones.
La directiva europea apunta a garantizar la trazabilidad de las operaciones que se efectúen en esas plataformas registradas, permitiendo que las autoridades puedan solicitar información de las cuentas en caso de ser necesario.
Los emisores de criptoactivos deberán elaborar un documento (whitepaper) explicando detalladamente el producto ofrecido, evidenciando la idoneidad de quienes encabezan el proyecto, haciéndose responsables de no diseminar información engañosa al mercado.
Se incorporan figuras típicas de mercado de capitales, tales como manipulación de mercado o utilización indebida de información privilegiada.
Las criptomonedas estables tendrán exigencias mayores al resto, deberán registrarse en la Unión Europea y conformar un fondo de reserva que garantice una cobertura total del activo subyacente.
Otro elemento importante de la propuesta pasa por el impacto medioambiental. Todas las empresas que participen del mercado de criptomonedas tendrán que informar sobre los efectos que sus activos tienen sobre el medioambiente.
Si bien la implementación efectiva de estas medidas en toda la Unión Europea va a llevar tiempo, el Banco Central Europeo acaba de señalar su intención de regular en forma inmediata el funcionamiento de las criptomonedas estables. Señales similares ha dado la Reserva Federal de los Estados Unidos enfatizando que este es el momento adecuado de avanzar con las regulaciones sobre el mundo cripto, antes que adquiera una dimensión que lo torne demasiado riesgosa para el sistema financiero norteamericano.
Mas allá de las intenciones que cada regulador alberga y dada la tecnología y el grado de desarrollo que ha alcanzado esta industria todo parece indicar que la prohibición no detendría la operatoria de estos productos que seguirían transándose pero sin ningún tipo de conocimiento o control por parte del Estado de los actores y volúmenes en juego.
Del otro lado del mostrador la llegada de nuevas regulaciones enfrenta dentro del mundo cripto miradas diversas. Los sectores más fundamentalistas se oponen tenazmente a cualquier intervención pública que amenace su privacidad.
Otra corriente del ecosistema cripto, quizás más lúcida y numerosa comienza a abogar por una regulación clara que establezca estándares mínimos y les permita proyectar su negocio, evitando de esta forma que los reclamos de damnificados lleven a los supervisores a tomar decisiones extremas que dejen a toda esta industria fuera del sistema. En este contexto la mesa está servida para que los reguladores convoquen sin prejuicios a estos nuevos actores privados para entender acabadamente su funcionamiento e implicancias, y cumpliendo con sus mandatos se aboquen en forma inmediata a regular claramente este mercado.
(*) Expresidente de la Comisión Nacional de Valores
Fuente: https://www.ambito.com/economia/criptomonedas/la-caida-las-y-el-despertar-los-reguladores-n5489431