Nuestro Mercado de Capitales ofrece distintos instrumentos o alternativas de financiación para quienes necesitan fondos como posibilidades de inversión para quienes tengan ahorros y quieren obtener un rendimiento asumiendo un riesgo determinado.
Vamos a hacer una pequeña reseña de los principales y más utilizados productos utilizados en nuestro Mercado.
En primer lugar quiero compartir el conocido gráfico donde se muestra la finalizad del Mercado de Capitales: “canalización del ahorro hacia la inversión productiva”, en él podemos ver que ambas puntas son dos caras de la misma moneda. Podemos encontrarnos en algunas circunstancias en un extremo, en el otro, o en ambos en simultáneo.
En el gráfico vemos como los fondos se desplazan desde las personas, instituciones o empresas con excesos de fondos o ahorros, a las empresas, instituciones o personas que necesitan de esos fondos.
Los instrumentos a través de los cuales se materializan los flujos de fondos los conocemos como valores negociables y los principalmente negociados en nuestro mercado son:
– Cauciones: Se instrumenta en un solo contrato en el cual se pacta la compra (o venta) de contado o para un plazo determinado, y la simultánea operación inversa de venta (o compra) sobre una misma especie, para un mismo inversor y en un vencimiento posterior. El tomador deja en garantía valores negociables que serán ejecutadas en caso de incumplimiento. La negociación en las cauciones se realiza sobre la tasa de interés.
El plazo mínimo de negociación de una caución es de 7 días y el máximo alcanza los 90, siendo el plazo de 7 días el de mayor volumen.
Es conveniente utilizar este producto cuando tenemos fondos ociosos pero con necesidad de utilizarlos en el muy corto plazo. Por contraposición, aquel que tiene un descalce de muy corto plazo y acciones o bonos en cartera, sin voluntad de venderlos, los puede utilizar para garantizar esta operación y hacerse de fondos.
– Cheques de pago diferido: es una orden de pago librada a días vista, a contar desde su presentación para registro en una entidad autorizada, contra esta u otra entidad en la cual el librador, a la fecha de vencimiento, debe tener fondos suficientes depositados a su orden en cuenta corriente o autorización para girar en descubierto, con un plazo máximo de 360 días.
En el Mercado de Capitales pueden negociarse mediante tres sistemas:
i) Avalados: Las Pymes, a través de una Sociedad de Garantía Recíproca, pueden negociar los cheques de sus clientes. Las sociedades de garantía recíproca autorizadas por el Mercado podrán listar los cheques que tengan como beneficiarios a sus socios partícipes y garantizar el pago mediante el aval (en este punto los invito a leer varios de los artículos redactados al respecto en este Portal). Los inversores de estos cheques están invirtiendo en riesgo de Sociedad de Garantía Recíproca, negociando la tasa requerida.
ii) Patrocinados: Una empresa, previa autorización del Mercado y habilitado por la Comisión Nacional de Valores (CNV), puede emitir cheques negociables en el mercado de capitales. Los beneficiarios de los cheques tienen la posibilidad de hacerlos líquidos a un menor costo y con mayor agilidad que la obtenida mediante otros mecanismos. En este caso, los inversores de estos cheques están invirtiendo en riesgo de la Empresa Patrocinante, negociando la tasa requerida.
iii) Directos: no garantizados, con garantía del Mercado, con garantía de mercadería warranteada a través un certificado warrant emitido por una warrantera, con garantía de contratos de compraventa de granos a fijar precio celebrado en el mercado físico de granos. Manteniendo la característica de un plazo máximo de 360 días el inversor puede decir que riesgo asumir (el Mercado, un exportador de granos que compra mercadería a fijar precio, mercadería o solamente del librador del cheque)
– Fideicomisos financieros: El fideicomiso es un contrato a través del cual una parte, el fiduciante transmite un bien determinado mediante la propiedad fiduciaria, a otra parte, el fiduciario, a título de confianza, para que en un determinado plazo o condición le dé el destino convenido. La regulación del fideicomiso financiero, como una especie particular de fideicomiso, surge con el objeto de crear un instrumento para el mercado de capitales que permita el crédito a mediano/largo plazo, necesario para financiar proyectos. Su regulación permite contar con un marco legal adecuado para la emisión de títulos valores, siendo su destino la oferta pública. Este instrumento se utiliza principalmente para hacer líquidas las cuentas por cobrar, obteniendo los fondos antes del vencimiento de los créditos, administrado por un Fiduciario registrado en la CNV. Hay gran diversidad de tipos de créditos cedidos a los fideicomisos financieros que hacen que los inversores tengan distintas opciones de inversión, riesgo y plazo dentro del mismo tipo de producto. En estos casos el plazo mínimo de inversión suele rondar los 6 y 12 meses para la devolución total del capital.
– Obligaciones negociables: Representan unidades de una deuda a mediano o largo plazo, contraído por la sociedad para el desarrollo de sus proyectos de inversión u otros fines. La emisora paga a los obligacionistas o inversores, que son sus acreedores, el interés estipulado y cancela las obligaciones en la forma y plazo acordados. La empresa que se está financiando a través de las obligaciones negociables, puede poner garantías que avalen el repago del préstamo recibido. En este caso las emisoras deberán solicitar la autorización de oferta pública en CNV y cumplir con todos los requisitos impuestos para una empresa para su régimen.
Como habrán apreciado, el Mercado de Capitales nos ofrece una diversidad de oportunidades y posibilidades para los inversores y para las entidades que necesitan fondos, entre las que podemos enunciar los distintos perfiles de riesgo, plazos de recupero o pago del capital, participación de la economía real. Asimismo, como mencionaba anteriormente un instrumento no excluye al otro, la empresa puede utilizar varios o todos estos instrumentos para financiar actividades o necesidades diferentes y los inversores pueden diversificar sus riesgos aplicando fondos a varios productos.
Para poder invertir o financiarse a través de cualquiera de los productos descriptos debemos recurrir a un Agente de Negociación o a un Agente de Liquidación y Compensación que tenga membresía de un Mercado registrado en la CNV. Para quedarnos tranquilos que estamos operando con el Agente que cumple con todos los requisitos impuestos por el Organismos de Control para operar, podemos confirmarlo en la página de la CNV (http://www.cnv.gob.ar/InfoFinan/Agentes/ListaAgentes.asp?Lang=0 )
No quiero terminar el artículo sin mencionar uno de los lemas más importantes que tenemos los que participamos del querido mercado: “Conocer, informarse y ser coherente son las claves para invertir los ahorros y financiar las actividades”
(*) María Laura es Contadora, especialista en Finanzas, directora de Títulos de la Bolsa de Comercio de Rosario y docente de Administración Financiera para Contadores en la UNR – lrodriguezdesanctis@fcecon.unr.edu.ar