Con los mercados cerrados, el Gobierno busca poder seguir financiándose con fondos de entidades del Estado.
Con los mercados financieros cerrados y parte de la deuda reperfilada, el Gobierno reasignó los montos autorizados en el Presupuesto Nacional para la toma de préstamos de corto plazo destinados al pago de los próximos vencimientos. Y de esta manera poder seguir financiándose con fondos de organismos y entidades del Estado.
A través de la Resolución 766, publicada en el Boletín Oficial, se dispuso la “reasignación” de los montos pendientes de la planilla de crédito público al “plazo mínimo de 90 días” para colocar Letras del Tesoro, “sin alterar el monto total autorizado”.
Así, la autorización para la toma de préstamos a más de 180 días fue adelantada a 90 días. Esa autorización pasó de 340.000 millones de pesos a 1.366.428,5 millones, o su equivalente en moneda extranjera. Otros 340.000 millones de pesos con plazo de 180 días, se mantuvieron sin cambios. Y los montos a más de 180 días fueron reducidos.
“Autorizan a Hacienda y Finanzas a colocar deuda de menor plazo, en detrimento de las de más largo plazo, sin alterar el monto total, para permitir el financiamiento intrasector público que supera el ejercicio 2019”, según dijeron a Clarín en ASAP .
Fuentes de Hacienda explicaron que lo que hace la Resolución es convertir a corto plazo la autorización para tomar deuda de largo plazo que, por el contexto actual, el Gobierno no podría tomar por el cierre de los mercados. Lo que cambia es el perfil de los vencimientos, colocándolos a corto plazo.
“Dicha reasignación fue únicamente de plazos sobre montos que ya habían sido asignados. Básicamente lo que se hizo fue aplazar la fecha de amortización de dichos préstamos, con el fin de que la administración central pueda tomar deuda de corto plazo sin excederse de los límites presupuestarios”, señaló el economista Juan Pablo Di Iorio de la consultora ACM. Y agregó “se pospusieron los plazos de las operaciones de crédito para que puedan tomar deuda de corto plazo y, al mismo tiempo, no excederse de los límites”.
Entre los fundamentos de la Resolución se menciona el Decreto de Necesidad y Urgencia 668/2019, de fines de septiembre pasado. Ese DNU estableció que hasta que hasta el 30 de abril del año que viene, organismos y entidades estatales deberán destinar sus excedentes a la compra de Letras del Tesoro que no tengan un plazo mayor a los 180 días. Ese DNU “blanqueó” una polémica compra de Letras del Tesoro de comienzos de septiembre por parte del Fondo de la ANSeS. Y “legalizó” esa suscripción de Letras y las que se suscriban en el futuro, eximiendo a los directivos de esos organismos de cualquier responsabilidad.