Es sólo para las obligaciones contraídas antes del 30 de agosto y que que no se habían pagado al vencimiento. También se alivia el mecanismo para las provincias
La autoridad monetaria continúa enmendado debilidades del régimen de control de cambios que implementó el lunes 2 de septiembre. Ahora fue a través de la Comunicación «A» 6792, para garantizarle a las empresas que refinancien deudas en dólares contraídas con anterioridad al 30 de agosto, puedan contar con la disponibilidad de moneda extranjera al vencimiento, como también los pagos parciales de intereses.
De este modo, se considera se corrige un defecto de las comunicaciones previas «A» 6770 y también la «A» 6780, porque trababan el acceso al mercado de cambios a la colocación de nuevas deudas privadas, a partir de 1 de septiembre, con el propósito exclusivo cancelar compromisos previos.
De ahí surge que la flexibilización de la venta de cambios a empresas no alcanza a la emisión de nueva deuda, sino que tiene que quedar claramente demostrado que se vincula con un vencimiento previo al 30 de agosto y que se opta por el refinanciamiento.
Por otra parte, la medida, dispuso flexibilizar el acceso al mercado de cambios a las provincias que habían constituido fideicomisos para depositar fondos con carácter transitorio, para luego enfrentar compromisos futuros en divisas. Parece responder a un reclamo de las gobernaciones favorecidas por el cobro de regalías petroleras.
Mercado inmobiliario
Las enmiendas de la autoridad monetaria parece que seguirán a la orden del día.
La más esperada es la vinculada con las escrituras inmobiliarias, porque la última modificación se concentró en exclusiva en las operaciones atadas a créditos hipotecarios y en firme con anterioridad al 30 de agosto, mientras que dejó afuera a las transacciones en curso que corrían el riesgo de no efectivizarse.
Más allá de que por sí la fuerte devaluación del peso sacó del mercado a muchas consultas con posibilidades de ejecución, en el sector inmobiliario alertaron que por cuestiones de necesidad, siempre hay transacciones que terminan cerrándose, pese a que en circunstancias como las actuales los plazos se extienden de un promedio de 45 a 60 días a más.