Lo que haremos en este artículo es compilar, resumir y presentar la información sobre cómo obtener el certificado MiPyME, que en los tiempos que corren se convierte en una herramienta importante para el emprendedor argentino, ya que sin este certificado, no puede acceder a muchos beneficios. Un ejemplo tangible, es la moratoria de AFIP que saldrá próximamente.
¿Qué es?
Es un documento es emitido por la AFIP y el Ministerio de Desarrollo Productivo (Producción) que es necesario tramitar para acreditar la condición de Micro, Pequeña o Media Empresa ante ciertas entidades públicas (ej. AFIP) y privadas (ej. Bancos)
¿Quiénes pueden obtenerlo?
Pueden obtenerlo las empresas que encuadren como MiPyME y también las personas físicas ya sean Monotributistas o Autónomos
El Requisito para obtener el certificado es estar dentro de los límites de lo que se considera una MiPyME.
Esto se puede dar por tope de Ventas Totales Anuales, actividad declarada, el valor de los activos o la cantidad de empleados según rubro o sector de la empresa.
Ya que estas variables pueden ser actualizadas periódicamente por el Ministerio, se sugiere consultar con la web oficial al momento de realizar la solicitud. A la fecha de esta nota, el encuadre es el siguiente.
Fuente:
https://www.argentina.gob.ar/produccion/registrarse-como-pyme/registrar-una-pyme
Ventas totales anuales
Aclaración: El monto de las ventas surge del promedio de los últimos 3 ejercicios comerciales o años fiscales, excluyendo el IVA, el/los impuesto/s interno/s que pudiera/n corresponder y deduciendo hasta el 75 % del monto de las exportaciones. Si después de registrarte cambiás tu actividad o se modifican los montos, cuando hagas la recategorización y cargues un nuevo ejercicio fiscal, se te va a asignar una nueva categoría.
Actividades incluidas
Activos
Las empresas con actividad principal dentro de “Intermediación financiera y Servicio de Seguros” o “Servicios Inmobiliarios” tienen que cumplir un parámetro adicional al de ventas totales anuales, ya que sus activos no pueden superar los $193.000.000.
Ese valor es el monto informado en la última Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias vencida al momento de la solicitud de la inscripción.
Personal ocupado
En caso de actividades comisionistas o de agencias de viaje, no se observarán las ventas ni el activo sino la cantidad de empleados. Por lo que podrán inscribirse en el “Registro” aquellas empresas que cumplan con la siguiente cantidad de empleados según el rubro o el sector:
Casos Excluidos
Actividades excluidas
No serán consideradas Micro, Pequeñas ni Medianas Empresas, aquellas que realicen alguna de las siguientes actividades:
• Servicios de hogares privados que contratan servicio doméstico
• Servicios de organizaciones y órganos extraterritoriales
• Administración pública, defensa y seguridad social obligatoria
• Servicios relacionados con juegos de azar y apuestas
Relaciones de vinculación y control
No podrán inscribirse en el Registro aquellas micro, pequeñas o medianas empresas que controlen o estén controladas y/o vinculadas a otras empresas o grupos económicos nacionales o extranjeros que no reúnan los requisitos requeridos.
Una empresa está vinculada a otra o a un grupo económico, cuando participa en el 20 % o más del capital de la primera. Y es controlada por o controlante de otra empresa, cuando participa, en forma directa o por intermedio de otra empresa a su vez controlada, en más del 50 % del capital de la primera.
La actividad principal será aquella que represente los mayores ingresos del grupo económico, y el valor de las ventas totales anuales serán las de todo el grupo. Para el cálculo se considerarán los montos de las ventas totales anuales netas en pesos de las transacciones entre grupo o mediante una certificación contable de ventas consolidadas firmadas por un contador público y autenticada por el Consejo Profesional.
Beneficios
Este es un cuadro Resumen, para mayor detalle puede dirigirse al sitio oficial y, para tramitar cada beneficio, debe realizarlo directamente con la entidad que debe otorgarlo.
Por ejemplo: presentar en su banco el certificado para que no le retengan impuesto al cheque adicional por retiros o depósitos en efectivo siendo Micro o Pequeña Empresa
¿Cómo se genera?
El trámite es online y conta de 2 pasos:
El primer paso se hace en la web de AFIP con clave fiscal en el servicio web “PYMES Solicitud de Categorización y/o Beneficios”.
Aquí se tiene que completar una Declaración Durada donde informa las ventas de los últimos 3 ejercicios, para definir el encuadre. Esta información de ventas la AFIP nos informa el importe que consta en sus Bases de Datos.
Para poder finalizar la Presentación es obligatorio que la empresa tenga todas las presentaciones de sus declaraciones juradas de impuestos al día, caso contrario no le deja finalizar el trámite.
El segundo es ingresar a la web del Ministerio de Desarrollo Productivo y, en el plazo de 24 horas informando el CUIT y N.° de Transacción, se podrá bajar el certificado en PDF, donde indica la validez del mismo y categoría otorgada.
Para mantener los beneficios, hay que renovar el certificado durante el mes de vencimiento que figura en el mismo.
Fuente: http://www.afip.gob.ar/noticias/20200103-beneficios.asp