Los gobiernos comienzan a incluir a los criptoactivos en sus agendas políticas. Una mirada a la regulación de algunos países de Latinoamérica.
Nos encontramos en un momento donde los gobiernos comienzan a incluir a los criptoactivos en sus agendas políticas.
De esta forma podremos ver como poco a poco comienzan a surgir distintos proyectos de ley que buscaran regular a los criptoactivos desde una óptica genérica y otros desde una óptica especifica.
Podremos comenzar viendo como el primer país el caso de El Salvador, primer país en el mundo en tomar a BTC como una moneda de curso legal.
La norma que dispuso la aprobación de dicho país, es una norma bastante básica, la cual cuenta con poco sustento jurídico, solamente teniendo 15 artículos.
En el caso chileno podremos ver como se encuentran trabajando en el anteproyecto de la ley fintech, una norma de carácter general, la cual buscara regular distintos aspectos de las nuevas tecnologías, como crowdfunding, plataformas digitales entre otras.
La misma será la primera norma que de un marco básico regulatorio sobre los criptoactivos y los asimilara con activos financieros.
Asimismo otra norma importante es la de la conocida ley fintech México, la cual fue creada en el 2018, y al igual que la ley fintech Chile, regula aspectos genéricos de las fintech como crowdfunding, sandbox, y plataformas digitales entre otros.
La norma le brinda a los activos virtuales la posibilidad de ser utilizados como medio de cancelación de actos jurídicos, dándoles la posibilidad de ser utilizados para comprar bienes y servicios y efectuar pago de tramites e impuestos.
El caso más reciente en cuanto a leyes de criptoactivos ha sido el caso del proyecto en el Uruguay, el proyecto define a los criptoactivos como al activo virtual y representación de valor registrada electrónicamente utilizada entre el público como medio de pago para todo tipo de actos jurídicos y cuya transferencia únicamente puede llevarse a cabo a través de medios electrónicos. Un Activo Virtual es un producto digital que emplea un cifrado criptográfico para garantizar su titularidad y asegurar la integridad de las transacciones. Estos productos no existen de forma física. Para almacenarlos se utiliza una cartera digital. Para realizar transacciones se utiliza software que registra dicha transacción en una cadena de bloques.
Asimismo la norma busca darle el carácter de medio de cancelación de actos jurídicos al igual que la norma mexicana, o la norma de El Salvador en relación al BTC, permitiendo que los criptoactivos sean utilizados como un medio de pago valido.
En este sentido podremos ver como existirán normas de carácter general que regulen distintos aspectos de las nuevas tecnologías de forma amplia como es el caso de Chile y México, y normas que busquen regular los criptoactivos de forma especifica como es el caso de Uruguay y El Salvador.
Fuente: https://www.ambito.com/opiniones/criptoactivos/una-mirada-la-regulacion-latinoamerica-n5248706