La autoridad monetaria que conduce Marcó del Pont amplió los límites y extendió los plazos de embarque para que los exportadores que se financien con líneas de crédito del exterior presenten los papeles
La medida apunta a generar un mayor ingreso de dólares a la economía local, en medio de la sangría que sufre el BCRA de la divisa norteamericana por falta de inversiones, de liquidaciones de las empresas y por la fuga del dólar turista.
Tras el fracaso del blanqueo de capitales, el Gobierno estudia distintas alternativas para alentar la llegada del billete verde. Para ello ya impulsó distintas vías de adhesión al BAADE pero por medio de dólares legales cuando originalmente este bono estaba destinado a captar esa divisa no declarada.
Ahora, el viernes el Banco Central flexibilizó la normativa vigente para los exportadores que se financien con líneas de crédito del exterior, ya sea mediante la prefinanciación de exportaciones como también por el cobro anticipado de exportación, publica el diario El Cronista.
A través de la Comunicación A 5492, el BCRA amplió los límites y extendió los plazos de embarque para que los exportadores demuestren que realizaron la exportación ante las autoridades locales.
Los exportadores tenían hasta ahora al menos cinco plazos para hacer sus embarques, que iban desde los 90 hasta los 500 días. Ahora, para quienes tomen prefinanciaciones del exterior, o tomen cobros anticipados por su mercadería los plazos serán sólo dos, de 300 y de 500 días, añade el matutino.
"De alguna forma, se está incentivando cada vez más a las empresas para que salgan al exterior a buscar fondos frescos", explicaron al diario desde un banco de capitales internacionales. Y añadieron que el BCRA viene pidiéndoles a los exportadores, principalmente a las cerealeras, que en lugar de financiarse en pesos en el mercado local, tomen préstamos en dólares del exterior.
Asimismo, la semana pasada, el Gobierno flexibilizó el control sobre el ingreso de dólares para el pago de obligaciones impositivas por un lado, y aquellos que se destinen a bienes de capital. A través de la resolución 657, exceptúa a los capitales externos de la obligación de constituir un depósito no remunerado (encaje) del 30% del monto involucrado en la operación, por un año.