De cara a la primera colocación del Tesoro de la gestión Milei, la autoridad monetaria emitió una comunicación a través de la cual habilita a los bancos a ampliar su tenencia de deuda del Tesoro
De cara a la primera licitación del Tesoro de la gestión del presidente Javier Milei, el Banco Central emitió una comunicación a través de la cual habilita a los bancos a ampliar su tenencia de deuda pública, con el objetivo de garantizar una amplia adhesión a esta emisión soberana.
La norma se enmarca en la licitación pública programada para este miércoles, en la cual se intentará comenzar a desarmar la “bomba de Leliq”, es decir, el stock de los pasivos remunerados del Banco Central colocados a bancos, principalmente integrados por dichas Letras de Liquidez y los Pases pasivos. En este aspecto, el Gobierno se enfoca, a la vez, en que el Tesoro destine el dinero que recaude con la licitación de bonos a cancelar deuda contraída con el Banco Central.
La Comunicación “A” 7921 publicada este lunes por el BCRA, dirigida a las entidades financieras, y relativa al financiamiento al sector público no financiero, dispuso que “los títulos públicos nacionales que sean adquiridos por suscripción primaria a partir de la fecha de publicación de esta Comunicación y que cuenten con opciones de liquidez vendidas por el BCRA sobre ellos –Comunicación A 7716 y modificatorias– estarán excluidos de los límites crediticios previstos en las normas sobre ‘Financiamiento al sector público no financiero’. Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de la referencia”.
El analista financiero Leandro Ziccarelli consideró que “esto es relevante: los bancos tienen regulada la cantidad de títulos del tesoro que pueden tener (es un porcentaje de su responsabilidad patrimonial computable -RPC-), con esta comunicación el BCRA les da margen para que puedan entrar fuerte a la colocación de esta semana sin vulnerar ese porcentaje permitido. Todo dado para que bañen de pesos al Tesoro esta semana. Esos pesos se van a usar para cancelar Adelantos Transitorios, así que achica el balance el BCRA”.
Hay que recordar que el Banco Central tiene dos formas de asistir al Tesoro y que derivaron en la monumental emisión monetaria de los últimos doce años. Por un lado están los Adelantos Transitorios y por otro el Giro de Utilidades del Banco Central
Puntualmente los adelantos transitorios son créditos que otorga el Banco Central al Tesoro con el fin de cubrir las necesidades de financiamiento que el sector público no puede atender vía ingresos tributarios o por la colocación de deuda en el mercado local. Si bien la Carta Orgánica del BCRA permite esa forma de asistencia, también establece un límite a la cantidad de dinero que se puede transferir a través de esta modalidad, por lo que en momentos turbulentos y de elevado déficit la asistencia se ubica cerca de los máximos permitidos.
Según el último balance consolidado el BCRA, al 7 de diciembre último, los Adelantos Transitorios (en el activo de la entidad) contabilizaban $4,1 billones, muy por debajo de los $25,3 billones asentados en el pasivo en concepto de títulos emitidos por el BCRA, que remuneran según la tasa de política monetaria.
Por otra parte, se conoció este lunes que el Gobierno autorizó la emisión de instrumentos de deuda pública por hasta $2 billones para hacer frente a compromisos a corto plazo que se contraídos en 2023 y con vencimiento en 2024. Asimismo, se incrementó en $1 billón el monto autorizado estipulado en la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para operaciones con un plazo mínimo de amortización de 90 días.
La medida se dispuso a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 56/2023, publicado este lunes en el Boletín Oficial, a través del cual también se aumentó en $4.000 millones el monto autorizado para la colocación de bonos de consolidación décima serie.
En sus considerandos, el decreto sostiene que “durante diciembre se procederán a realizar emisiones” con vencimientos “en el siguiente Ejercicio Fiscal”. Y explica que “resulta necesario autorizar al órgano responsable de la coordinación de los sistemas de administración financiera a realizar dichas operaciones”.