El mercado argentino de deuda presenta un abanico muy variado en especies de bonos dolarizados. Los inversores que posean estos títulos públicos en su cartera de inversión, recibirán los servicios de intereses y amortización de capital en la moneda de emisión de la deuda.
El cupón de intereses (y amortización de capital, en su caso) “corta” 72 horas hábiles antes de su efectivo pago, con lo cual, la cotización teórica en pesos del Título, al día siguiente (ex cupón) es el valor de la última cotización del cierre del día anterior, menos el monto pesificado del interés a cobrar. También se puede adquirir el título público y cobrar los intereses operando en los plazos de 48 horas, 24 horas y contado inmediato.
En estos casos, se plantea una diferencia porque el importe a cobrar teórico se pesifica multiplicando por el tipo de cambio oficial (Comunicación “A” 3.500 del Banco Central de la República Argentina), mientras que el Mercado multiplica el monto de dólares a recibir por el tipo de cambio denominado dólar contado con liquidación. Lo que ocurrirá, en definitiva es que la cotización post corte se mostrará con un movimiento a la baja en la pantalla de precios.
Grafiquemos con un ejemplo práctico.
El día 29 de setiembre de 2014 (último día previo al corte de cupón de interés), el Boden 2015 (RO15) tuvo una cotización de cierre de $ 1.437,50. Este precio es representativo de una lámina de 100 dólares e incluía el cupón de interés del 3,5% sobre el nominal, pagadero en dólares divisa, código 7.000 (Ver “Especies de Dólar”).
Supongamos que adquirimos 1.000 nominales de dicho título público, con lo cual nuestra inversión ascendió a $14.375 (antes de comisiones).
El cálculo que realiza el Mercado para el valor post corte se obtiene restando el importe del cupón (USD) x CCL ($) (en nuestro ejemplo sería USD 3,50 x $ 14,86 = $ 52,01), resultando $1.385,50. Por otra parte, el cálculo teórico se realiza utilizando el Tipo de Cambio Oficial (en nuestro ejemplo sería USD 3,50 x $ 8,45 = $ 29,58), resultando $1.407,92.
La diferencia entre ambos cálculos se verá en la pantalla de cotizaciones como una baja en la cotización, en este caso, de un 1,56%.
El día 30 de setiembre de 2014 la cotización de cierre fue de $ 1.395,35, es decir, una diferencia de 0,71% con nuestro cálculo según el Mercado.
Como conclusión, tendremos una valorización de nuestra inversión de $ 13.953 (1.000 nominales del RO15) + USD 35 (cupón de intereses en dólares).
Especies de Dólar
Los títulos públicos argentinos nominados en dólares pagan sus servicios de intereses y amortización en distintas especies de dólares. Esto significa que la Caja de Valores asigna un código al dólar cobrado por el inversor, según la legislación bajo la que fueron emitidos.
Resumiendo, tenemos dos especies de dólares:
El código 7.000 es el dólar divisa. Este tipo de rentas la pagan los títulos con legislación extranjera (Ejemplos: BDED, PARY, GJ17, DICY, TVPY etc.).
El código 10.000 es del dólar billete, MEP o Bolsa. Este tipo de rentas la pagan los títulos con legislación argentina (Ejemplos: RO15, AA17, PARA, DICA, etc.).
Las posibilidades que ofrece cada especie son:
Código 7.000 (renta de origen Ley extranjera)
Ser enviadas a cuenta del Agente o Sociedad de Bolsa en el exterior.
Ser enviadas a cuenta del Agente para mandato.
Ser transferidas a cuenta bancaria del cliente, en el exterior.
Ser convertidas a código 10.000
Código 10.000 (renta de origen Ley Argentina)
Ser transferidas a caja de ahorro en dólares local.
¿Qué hacer con las rentas obtenidas?
Los intereses en dólares serán abonados por el Estado y acreditados en nuestra cuenta comitente del Agente o Sociedad de Bolsa (netos de comisiones y gastos).
Las dos opciones que se nos presentan son la reinversión o el retiro sin reinversión (colchón o caja de seguridad o consumo de la renta). En caso de optar por la primera opción, los pasos a seguir serán:
Retirar los fondos de la cuenta comitente: Para esto deberá solicitar transferencia de los dólares a una cuenta bancaria en dólares de nuestra titularidad,
Transferir los dólares nuevamente a nuestro Agente o Sociedad de Bolsa, de modo que los acredite en nuestra cuenta comitente y por último,
Invertir los fondos en, por ejemplo, títulos públicos de la especie “D” (AA17D, RO15D, AY24D, etc.).
El autor es Contador Público y Especialista en Finanzas (UNR) // Martillero Público y Corredor Inmobiliario (UCA)
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