Crece día a día el número de personas y empresas que sufren diversos contratiempos debido al costo del Impuesto a los Ingresos Brutos, el engorro administrativo que genera el llamado Convenio Multilateral creado para repartir el gravamen entre las provincias y la consiguiente Comisión Arbitral, fuente de legislación extra parlamentaria que literalmente “enloquece” a los contribuyentes y sus contadores.
Las empresas (sobre todo las pymes) ven afectado su capital de trabajo con los importantes saldos a favor que se generan muchas veces artificialmente y se terminan licuando con la inflación, debidos a que se superponen regímenes de retención y percepción. Por una parte, la alícuota efectiva del Impuesto sobre los Ingresos Brutos se ha incrementado en forma exponencial por la competencia que se genera entre las distintas provincias por cobrar cada vez más impuesto. Por la otra, se multiplica los costos administrativos para cumplir con todas las normas del Convenio Multilateral.
Estos inconvenientes fueron relatados en una carta reciente de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce) al presidente de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.
Los problemas motivaron que los contadores de las 24 provincias solicitaran que la Comisión Arbitral establezca criterios y argumentos para las inscripciones de oficio que efectúan los Direcciones de Renta provinciales, y que la Comisión sea el organismo de apelación.
En cuanto a la acumulación de saldos a favor, hoy puede ocurrir que la empresa sea pasible de percepción por los proveedores, y retenida por sus clientes y por depósitos bancarios. Aparte muchos de estos cobros anticipados no tienen nada que ver con el hecho imponible del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. La Federación sugirió, por entenderlo más accesible de consensuar e implementar, una norma que unifique los Sistemas de Recaudación a ser aplicable por cada jurisdicción, homogeneizando alícuotas, información y confección de declaración jurada. “Actualmente es caótico cumplir con todas las jurisdicciones tanto por la actualización de las normas como por el trabajo operativo”, aseguró la Facpce. Y en aquellos casos en que se produzcan saldos a favor en alguna jurisdicción, y los mismos representen por lo menos la suma de los impuestos determinados de los últimos 3 meses, la Federación pidió que se genere por sistema la baja automática o bien se extienda un certificado de exclusión como sujeto pasible de todos los regímenes de Recaudación, por un período de 6 meses.
“La superposición de retenciones y percepciones de las provincias efectuadas por una misma operación, debida a las múltiples obligaciones del agente de retención y percepción, incrementa de manera exponencial los efectos negativos de estas formas de recaudación”, dijo la Federación en su nota, y concluyó que “resulta necesario que se unifiquen criterios”.