Se abre la puerta a nuevos productos, la posibilidad de que se acerquen nuevos participantes así como cambios en las facultades de CNV y de financiamiento a Pymes y modificaciones que afectan a la industria de fondos comunes de inversión
Luego de varias semanas, finalmente el Congreso logro la aprobación de la Ley de Financiamiento Productivo, también conocida como la Ley de Mercado de Capitales.
La expectativa de aprobación estaba íntimamente relacionada con la decisión que tendrá en las próximas semanas MSCI sobre la recategorización de Argentina como mercado emergente. Al margen de esta última decisión, El Cronista reunió la opinión y análisis de participantes del mercado sobre qué esperan que cambie en el mercado a partir de la sanción de la ley, ya sea los nuevos productos, la posibilidad de que se acerquen nuevos participantes así como los cambios en las facultades de CNV y de financiamiento a Pymes y cambios sobre la industria de fondos comunes de inversión.
Desde SBS Fondos sostienen que la nueva Ley de Mercado de capitales resulta una muy buena noticia y será muy favorable para el mercado local. «Creemos que va a beneficiar el financiamiento a pymes a través del desarrollo de la factura de crédito electrónica. Además, va a permitir el desarrollo de los Fondos Comunes de Inversión Cerrados, quienes intervienen directo en la economía real. Consideramos también que la ley le dará un mayor impulso al financiamiento hipotecario y permitirá la consolidación del ahorro doméstico a largo plazo, pilar fundamental para el desarrollo económico del país».
Julio Merlini, COO de Balanz Capital, destaca que «entendemos que la nueva ley va a otorgarle al mercado en general mayor transparencia y orden. Requisitos esenciales para que el mercado crezca a un nivel, por lo menos, similar a los países de la región. Por otra parte crea instrumentos para mejorar el financiamiento de capital de trabajo de las Pymes».
En lo que respecta a los Fondos Comunes de inversión, Julio Merlini resalta que «se podrán constituir Fondos para Inversores Calificados, que serán reglamentados por la CNV. Esto permitiría a la industria ofrecer instrumentos más sofisticados e incorporar inversores que hoy se encuentran en mercados financieros del exterior Además, se reglamentarían los Fondos Cerrados habilitando la constitución de Fondos específicos con activos no financieros».
En lo que respecta a fondos comunes de inversión, Alejandro Kowalczuk, Head Porfolio Manager de Argenfunds, señala que la nueva ley de mercado de capitales va a permitir, entre otros aspectos, expandir el abanico de productos ofrecidos, agilizar los trámites de inscripción, mejorar el tratamiento impositivo y ampliar derechos de los cuotapartistas.
«Dentro de estos puntos cabe destacar la posibilidad de creación de fondos indexados (que repliquen el comportamiento de un determinado índice bursátil) y Exchange Trade Funds (ETFs), las cuotapartes de estos fondos tendrán oferta pública y deberán estar listados en mercados autorizados por la CNV, por lo cual eventualmente podrán operar y ser custodiados en el exterior; la creación de FCI Especiales orientados a inversores calificados cuyas carteras tengan mayor flexibilidad en cuanto a restricciones y límites normativos (según lo reglamente CNV); la creación de fondos de ahorro voluntario destinados al retiro de sus cuotapartistas (fondos de retiro) y también permitir a las Sociedades Gerentes administrar carteras no constituidas como FCI».
A su vez, Kowalczuk agrega que «en el caso de FCI Cerrados, elimina la doble imposición del impuesto a las ganancias (que recaía tanto en el fondo como en el inversor), amplia el objeto de los mismos y, reglamentación de CNV mediante, podrán contar con veedores independientes designados por los cuotapartistas, lo cual apunta a mejorar el control y resguardar los derechos de los mismos».
Finalmente, el Head Porfolio Manager de Argenfunds resalta que «existe un tema no menor, que hace también al control e influye en la celeridad en la generación de nuevos productos, es que se establece una responsabilidad mancomunada entre la Sociedad Gerente y la Depositaria, es decir que cada una será responsables de manera individual y separada por sus funciones y obligaciones inherentes, esto difiere de la responsabilidad solidaria, que implicaba la responsabilidad conjunta en todas las funciones y obligaciones».
Finalmente, Ernesto Allaria, presidente de BYMA, sostuvo que «la aprobación de la Ley de Financiamiento Productivo es una gran señal para la Argentina. Ubica al mercado local más cerca de los estándares internacionales y lo convalida legalmente como una excelente opción para el financiamiento a largo plazo».
Además, Allaria sostiene que «esta ley aporta nuevos instrumentos y propone al mercado local y a sus actores el desafío de ser atractivos para la amplia gama de inversores; medios, grandes y pequeños, locales y extranjeros; de corto o largo plazo, y empresas que demandan financiamiento para la realización de sus proyectos, ya sea abriendo su capital, ofreciendo sus acciones a la oferta pública, como también las que requieran fondos para nuevos emprendimientos. Vale desatacar el evidente respaldo a las PYMES, que con nuevos instrumentos se les permite incrementar su eficiencia relacionadas con el financiamiento de corto plazo».
En síntesis, «es una decisión que favorecerá el desarrollo del mercado de capitales y promoverá el crecimiento económico de Argentina, beneficiando a toda la sociedad», afirma el presidente de BYMA.