Uno de los requisitos es que no tenga filial en EE.UU. Se encargaría de la primera fase de la colocación: compraría los títulos para, a su vez, entregárselos a una filial extranjera
Tras el vencimiento de la cláusula RUFO (Rights Upon Future Offers) el pasado 1 de enero, el juez Thomas Griesa emprendió acciones en relación al pago de bonos bajo legislación argentina. En esa línea, se fijó una audiencia con fecha de 3 de marzo próximo con el propósito de determinar si el banco Citigroup, puede proceder a pagar los intereses de los títulos emitidos bajo regulaciones locales, luego de la cesación ?selectiva? de pagos que afectó a títulos con legislación neoyorquina. Si finalmente se autorizan esos pagos por considerarlos fuera de la órbita del pari passu, entonces el plan para colocar u$s 2.000 millones podría continuar su curso, virtualmente suspendido porque Griesa ordenó a JPMorgan y Deutsche Bank ?las dos entidades que venían trabajando? que informen al fondo NML sobre el proyecto. De lo contrario, ya hay quienes especulan con una segunda posibilidad que traiga, de todas formas, esos recursos, para alimentar las reservas del Banco Central.
En la City creen que Economía pensaba hacer la operación antes del 3 de marzo para no quedar atada al fallo de Griesa. Y que para ello, uno de los esquemas que se habían estudiado era la participación de una filial local del JPMorgan y el Deutsche Bank que «compraran» los títulos y pudieran colocarlos a su vez, mediante sus respectivas casas matrices y filiales en Londres. Este dato es importante porque de esa forma el Gobierno se salteaba la posibilidad de que Griesa extendiera el congelamiento de los pagos que hizo entrar al país en default selectivo a los títulos colocados localmente.
Ocurre que la orden judicial del pari passu que dio a conocer el juez Griesa es de aplicación para los bonos públicos argentinos que puedan identificarse bajo la definición de «Deuda Externa». Sostiene el especialista en restructuraciones de deuda Eugenio Bruno que «cualquier bono que consista en Foreign External Debt no puede ser pagado por Argentina sin antes o simultáneamente no se cancelan los bonos en default de la causa pari passu». Hasta ahora, los bonos que quedan dentro de ese universo son los emitidos bajo los canjes de 2005 y 2010, pero aún quedaría pendiente la decisión sobre si los bonos ley argentina están alcanzados.
«Pero la etiqueta deuda externa no sólo tiene en cuenta los bonos regidos por leyes extranjeras o los bonos en dólares regidos por ley y jurisdicción argentina. El dato es que también abarca a aquellos títulos que se colocan en el exterior, cualquiera sea la ley, por eso es que se elige Londres y no Nueva York para tratar de compensar ese tema», señala una fuente de la City que habitualmente participa en colocaciones de deuda.
Sin embargo, sostienen los especialistas que existen más riesgos. Recuerda el abogado Eugenio Bruno en su artículo publicado en este matutino sobre los «riesgos legales» de la nueva emisión, que sigue vigente la orden judicial de Griesa denominada Anti-Evasion que aplica a entidades financieras de Estados Unidos o que operen en dicho país (por ejemplo centrales depositarias de otros países incluyendo de Argentina) de no ayudar a Argentina a evadir el alcance de sus fallos. «Si la emisión es una violación a sus fallos es materia de mayor análisis pero el juez podría interpretarlo de esa manera y entonces impedir que entidades de EE.UU. participen de dicha operación. Si bien se usan subsidiarias de otros países, el riesgo se mantiene en alguna extensión. El pedido de información del juez es un indicio que quiere analizar la eventual operación». A ello se agrega que Griesa se atribuya «jurisdicción personal» sobre dichas entidades como ha sucedido en el caso de Bank of New York.
El dato de las últimas horas es que en carpeta se encuentra la posibilidad de que en lugar del JP Morgan y el Deutsche Bank, pueda ser un banco de capitales nacionales ?uno de los principales? el que se encargue de la primera fase de la colocación, es decir, que sea quien compre esos títulos para, a su vez, entregárselos a una filial extranjera. Uno de los requisitos es que esa entidad no tenga filial en los Estados Unidos. «De esa forma se evitaría el riesgo de quedar atrapado en los riesgos legales y Economía podría cumplir con el objetivo de demostrar que es posible hacer una colocación de deuda», sostienen.