Haber máximo jubilatorio: la corrección que los tribunales aún no aplicaron plenamente

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Haber máximo jubilatorio: la corrección que los tribunales aún no aplicaron plenamente

Cuatro cámaras federales ajustaron la movilidad 2022-2023 en juicios individuales, pero falta extender ese criterio al tope del artículo 9° de la Ley 24.463, lo que achicaría el descuento del 15%.

4 minNegativo
  • Haber máximo jubilatorio: pérdida de proporcionalidad.
  • Fórmulas de movilidad previsional inferiores a la inflación.
  • Cámaras federales aplican correcciones a haberes individuales.
  • Se busca extender corrección al tope del haber máximo.

El haber máximo jubilatorio en Argentina ha experimentado una pérdida de proporcionalidad significativa, pasando de representar el 82% de la remuneración máxima imponible en 1995 al 61% actual. Este desfasaje se debe a que el sistema exige aportes sobre salarios elevados pero otorga prestaciones que no reflejan esa base.

La Ley 27.541 suspendió la fórmula de movilidad previsional, y los aumentos posteriores, fijados por decreto, resultaron inferiores a la inflación. Tribunales como la Cámara Federal de Bahía Blanca ordenaron ajustes compensatorios. Posteriormente, la Ley 27.609 (marzo 2021-febrero 2024) estableció una fórmula trimestral que combinó Ripte y recaudación de Anses, pero que sistemáticamente quedó por debajo de la inflación acumulada (94,8% en 2022 y 211,4% en 2023).

El propio Estado reconoció la insuficiencia de este último mecanismo con el Decreto 274/2024, que implementó una actualización mensual por IPC. Cuatro cámaras federales ya aplicaron esta corrección a haberes individuales, determinando pérdidas de poder adquisitivo de hasta el 50,3% durante la vigencia de la Ley 27.609. La pretensión actual es que este mismo criterio de corrección se aplique al tope del artículo 9° de la Ley 24.463, lo que podría reducir el universo de jubilados afectados por la quita del 15%.

La aplicación de esta corrección al tope del haber máximo jubilatorio, que se actualizó con las mismas fórmulas declaradas inconstitucionales por los tribunales, podría elevar significativamente su valor. El objetivo es que el tope refleje la inflación real y no las fórmulas que resultaron perjudiciales para los jubilados.

Esta noticia es relevante para inversores y jubilados en Argentina, ya que aborda la pérdida de poder adquisitivo de las prestaciones previsionales y la posibilidad de una corrección judicial que podría impactar en el haber máximo. Es crucial seguir los desarrollos judiciales y las posibles medidas del gobierno al respecto, dado su efecto directo en el consumo y la economía de los sectores pasivos.

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