Obra pública: Gobierno prorroga hasta el 23 de julio adhesión a plan de pago de deudas con bonos

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Obra pública: Gobierno prorroga hasta el 23 de julio adhesión a plan de pago de deudas con bonos

El Gobierno nacional extendió hasta el 23 de julio el plazo para que contratistas de obra pública se adhieran al régimen que permite cancelar deudas con títulos públicos, aunque el sector advierte sobre limitaciones en su alcance.

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  • Plazo extendido hasta el 23 de julio para adherir al plan de pago de deudas.
  • Deudas canceladas con bonos del Tesoro (LECAP y BONCAP).
  • Cupo máximo de $221.119.509.519.
  • Sector advierte sobre exclusión de acreencias en trámite administrativo.

El Gobierno argentino ha decidido extender hasta el 23 de julio de 2026 el plazo para que las empresas contratistas de obra pública puedan adherirse al Régimen Simplificado de Extinción de Obligaciones. Este programa, anunciado a principios de mes, permite a las compañías saldar deudas pendientes con el Estado mediante la entrega de títulos públicos en pesos, específicamente LECAP y BONCAP. La medida, formalizada a través de la Resolución 2/2026, busca dar mayor tiempo a los contratistas para completar sus solicitudes a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).

El régimen abarca deudas devengadas entre el 1° de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2025, así como obligaciones de contratos extinguidos desde 2024. Se establece un cupo máximo de $221.119.509.519 para este mecanismo. La prórroga, solicitada por diversos contratistas que argumentaron la necesidad de más tiempo para la presentación de documentación, no modifica el monto total ni las condiciones generales del programa. Una vez presentada la solicitud inicial, las empresas cuentan con diez días hábiles adicionales para adjuntar la documentación respaldatoria de sus acreencias, incluyendo el detalle de créditos y cálculos de intereses por mora.

Sin embargo, desde el sector de la construcción señalan que el alcance efectivo del plan presenta limitaciones. El régimen está diseñado para facturas ya emitidas, es decir, para certificados de obra que han completado su circuito administrativo. Esto deja fuera a numerosas empresas cuyos créditos aún se encuentran en procesos de redeterminación de precios o pendientes de aprobación de conceptos discutidos con el Estado. Fuentes del sector advierten que, si bien el plan beneficia a algunas empresas, no soluciona la totalidad de las deudas pendientes, dejando a una porción de los contratistas sin acceso al mecanismo.

La adhesión al régimen implica también la renuncia a reclamos administrativos y judiciales en curso contra el Estado Nacional relacionados con los contratos involucrados. La Sindicatura General de la Nación (SIGEN) deberá intervenir antes de la firma de cada acta acuerdo individual. La extensión del plazo responde a la necesidad de maximizar la concurrencia de contratistas y asegurar el cumplimiento de los objetivos del programa, aunque la crítica principal radica en la exclusión de acreencias en trámite administrativo.

Esta medida es relevante para las empresas constructoras y contratistas del sector público argentino, ya que impacta directamente en la gestión de sus flujos de caja y la recuperación de acreencias. Los inversores y analistas financieros deben vigilar la efectividad de este tipo de mecanismos para la normalización de la cadena de pagos en la obra pública y su potencial impacto en el desempeño de las empresas del sector. La limitación en el alcance del plan, que excluye deudas en proceso administrativo, también es un punto clave a seguir.

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